La finalidad de esta inspección es instituir un sistema periódico del estado de los edificios de viviendas para verificar la obligación que tienen los propietarios de conservar y rehabilitar sus inmuebles. En base a los resultados del informe, nuestro equipo le ofrecerá las soluciones necesarias para legalizar el estado de su edificio.
¿Hay un plazo para hacer esta inspección técnica?
Según la antigüedad del edificio, los plazos máximos previstos para pedir a la Agencia de la Vivienda de Cataluña el certificado de aptitud correspondiente, son los siguientes:
Antigüedad del edificio |
Termino máximo para pasar la inspección |
Anteriores a 1930 |
Hasta el 31 de diciembre de 2012 |
Entre 1931 y 1950 |
Hasta el 31 de diciembre de 2013 |
Entre 1951 y 1960 |
Hasta el 31 de diciembre de 2014 |
Entre 1961 y 1970 |
Hasta el 31 de diciembre de 2015 |
A partir de 1971 |
del 31 de diciembre del año en que el edificio aume los 45 años de antigüedad. |